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Clasificación P-3 se puede dar a los artistas o animadores que vienen a los EE.UU. de forma individual o en grupo para desarrollar, interpretar, entrenar o enseñar una presentación artística única o tradicional folklórica étnica, espectáculo cultural, musical o teatral. La persona debe venir a los EE.UU. para participar en un evento cultural, que aumentarán la comprensión o el desarrollo de su arte.

Personal esencial de artistas y animadores P-3 también pueden obtener visas P-3. Su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años están autorizados a acompañarlo a los Estados Unidos, en virtud de un P-4. A los titulares de visa P-4 no se les permite trabajar, pero pueden asistir a las escuelas o colegios.

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