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Gerente de EB – 1C y traslado Ejecutivo

business_visa_5EB-1C es una de las varias categorías establecidas por el Congreso de los Estados Unidos para obtener estatus legal en forma de residente permanente. Esta categoría es para los inmigrantes que son elegibles para la residencia permanente como transferido entra-compañía y que están continuando su empleo en los Estados Unidos en una capacidad directiva o ejecutiva. Cuando un patrón desea transferir a los Estados Unidos como inmigrante multinacional del ejecutivo EB1-C a un empleado extranjero que trabaja en el exterior, debe existir entre el patrón extranjero y el patrón de Estados Unidos una relación calificativa.

Una relación calificativa existe cuando el patrón en los Estados Unidos es un afiliado un subsidiario de la firma extranjera, de la corporación, o de la otra entidad legal. Para establecer una “relación calificativa” bajo regulaciones, el solicitante debe demostrar que el patrón extranjero y el patrón establecido en los Estados Unidos son el mismo empleador , o que están relacionado como un “un subsidiario” o como “afiliados”. El abogado Carlos Sandoval puede asistirle en la determinación de esto.

En este respeto, la “propiedad” y el “control” son los factores que deben ser examinados en la determinación de que si una relación calificativa existe entre la compañía de Estados Unidos y la entidad extranjera. Esto será utilizado con objeto de la determinación de la clasificación de la visa. En el contexto de una petición de Visa “dueño” se refiere al derecho legal directa o indirectamente de la posesión de los activos de una entidad con plenos poderes y autoridad de controlar. En el contexto de una petición de Visa “control” se define como la derecha legal y la autoridad directa o indirecta en que contiene el poder de dirigir el establecimiento, manejarlo, y delegar las operaciones de una entidad. El solicitante debe demostrar lo siguiente:

  • Que la organización establecida en los Estados Unidos y la organización al exterior mantienen una relación calificativa;
  • Que la organización establecida en los Estados Unidos y la organización en el exterior están ambas activamente haciendo negocios; y
  • Que la organización de los Estados Unidos ha estado operando activamente por lo menos un año.

Además de lo mencionado anteriormente, se deben someter pruebas para reflejar que la compañía puede pagar el sueldo de la persona empleada. El abogado Carlos Sandoval le asistirá con la información necesitada para reconocer qué documentos y pruebas se necesita para preparar este tipo de petición.

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